domingo, 16 de enero de 2011

Tribunal Supremo suspendió desalojos habitacionales


Tribunal Supremo suspendió desalojos habitacionales

16/01/11.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) instruyó a todos los jueces “con carácter de urgencia” para que restrinjan temporalmente “todas las medidas ejecutivas cuya práctica material comporte la pérdida de la posesión o tenencia de un inmueble destinado a vivienda o habitación, aun existiendo sentencia definitiva”.

Mediante un comunicado, suscrito por la presidenta del máximo tribunal Luisa Estella Morales, se expresa que “la medida no significará la paralización de las causas en curso, ni alterará la suerte de las sentencias pasadas”, y argumenta que la decisión se toma sobre la base a la declaratoria de emergencia nacional mediante decreto presidencial en virtud de los daños ocasionados por las lluvias en las últimas semanas de 2010. El texto, dice: “De conformidad con lo aprobado por la Comisión Judicial en su sesión ordinaria del día de hoy (ayer), vista la declaratoria de Emergencia Nacional mediante Decreto Presidencial en virtud de las calamidades y desastres naturales generados por las lluvias en todo el territorio nacional, cumplo con informarle que debe instruir con carácter de urgencia a todos los jueces y juezas de su Circunscripción Judicial respectiva, y con mayor énfasis a los Jueces Ejecutores de Medidas sobre la limitación temporal de toda práctica de medida judicial de carácter ejecutivo o cautelar que recaiga sobre inmuebles destinados a vivienda familiar o de habitación.

La aludida restricción temporal abarca a todas las medidas ejecutivas cuya práctica material comporte la pérdida de la posesión o tenencia de un inmueble destinado a vivienda o habitación, aun existiendo sentencia definitiva.

La presente decisión sobre las medidas ejecutivas o cautelares no significará la paralización de las causas en curso, ni alterará la suerte de las sentencias pasadas con fuerza de cosa juzgada.

“Procédase a realizar la presente instrucción bajo apercibimiento, en el entendido que su inobservancia por parte de los jueces o juezas será causal de las sanciones correspondientes. Participación que se hace a los fines consiguientes”, expresa el texto enviado por el Tribunal Supremo de Justicia.

Fuente: Ciudad CCS: http://ciudadccs.info/?p=136874
Foto Edwin Montilva/Archivo