domingo, 18 de mayo de 2008

Congelan los alquileres, ¿Por qué me desalojan?


Maglene Sierraalta
Caracas.- El arrendamiento o alquiler forma parte de la cesta básica, los aumentos de renta de alquileres es un factor detonante que contribuye a elevar el índice inflacionario perjudicando los presupuestos familiares de las clases profesionales e ingresos vulnerables.

Cuando el gobierno toma medidas económicas, entre otras congelamiento de alquileres, no implica que se le dé una “patente de corso” a los propietarios para iniciar una “guerra de desalojos”. Que existan inquilinos pudientes que se sometan a la libre negociación con los propietarios son decisiones entre las partes que deben ser respetadas. Tienen como pagar, no son vulnerables y se alejan de las diatribas.

Sin embargo, las medidas gubernamentales son giradas para proteger las mayorías en estado de vulnerabilidad económica. Utilizar la matriz mediática, para minimizar la importancia de la medida, vuelve a ser el juego sucio al que estamos acostumbrados con los inversionistas inmobiliarios en las últimas cuatro décadas.

La necesidad de vivienda, la tenemos todos. Desde el primer millonario del planeta hasta el más mísero indigente, quien ronda nuestra comunidad, necesita un techo donde guarecerse y protegerse. No podemos continuar con la práctica de ver la vivienda como la inversión perfecta para proteger nuestros dólares o euros en detrimento de las mayorías.

Si un Inquilino está solvente en sus pagos, no debe temer a los desalojos fuera de ley. Deben buscar asesoría legal. Aún la Santa Protectora Ley de Arrendamientos Inmobiliarios de los Propietarios, dicta pautas de cuándo debe proceder la demanda, el posterior juicio y más posterior aún sentencia y ejecución de medida de desalojo y todavía tenemos la oportunidad de demostrar que estamos solventes y si es un propietario latifundista también podemos demostrar que ese propietario no necesita la vivienda y tu familia ¡Sí!

¡Inquilino organízate en tu comunidad!

¿Cuál es la importancia de la Organización Inquilinaria?


Maglene Sierraalta

Caracas.- Nuestra ley de arrendamientos Inmobiliarios (1999), ¡Santa protectora de los propietarios!, no se refiere a las represalias que normalmente utilizan los propietarios contra los inquilinos.

Los inquilinos desconocemos un derecho que se nos ha brindado a través de la revolución bolivariana: ¡Nuestra Constitución! Sí, ella protege nuestro derecho de Asociación (Artículo 52). Si estamos asociados y organizados, no debemos temer a las represalias de los propietarios.

Sólo a través de la organización podremos hacer valer nuestros derechos a ser servidos. Algunos de ellos son: mantenimiento y conservación del inmueble, habilitación de ascensores, denunciar cuando se nos priva de servicios vitales, tales como: agua, gas, electricidad. Respeto a la privacidad familiar. Denunciar cobros excesivos por conceptos de agua o mantenimiento, aumentos de pago de alquiler en forma inconsulta, medidas de desalojos ilegales, agresiones verbales y físicas, entrega de recibos de pago del alquiler ilegales, estos adolecen del Nº de Control del SENIAT, exigencias de pago en efectivo sin dar recibos a cambio, y tantos otros.

La organización debe tener su origen en el propio edificio, mediante asambleas y normas elementales de convivencia se elige una junta o comisión por piso con su delegado o delegada, que se encargará y servirá de vocero o vocera durante un período determinado (normalmente un año) quien llevará las riendas. A la vez asociarse a otra organización inquilinaria en forma de red parroquial o municipal o juntas comunales y contribuir con las mejoras ambientales en su comunidad.

Sin embargo, el Inquilino también debe recordar que tiene deberes y obligaciones, el prioritario es la cancelación puntual del pago de la renta o canon de alquiler o arrendamiento.

Inquilinos ¿Quién dijo miedo?


Maglene Sierraalta
Caracas.- No tendremos a Barreto. Aristóbulo será el próximo candidato PSUV a la Alcaldía Metropolitana del Distrito Capital. La oposición también tendrá sus candidatos.

Voces agoreras, lanzan gritos aterrorizadores. Si Barreto no está se cae el proyecto de expropiaciones para los inquilinos. ¡Eso es falso!

Tenemos que ver el problema inquilinario en forma global, macro, colectivo y como nos enseñó Juan Barreto, desde el punto de vista Social.

Nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), ¡Nos protege! enmarcado en el Título III de los Derechos Sociales. Debemos hacer valer nuestros Derechos. De allí la importancia de la Organización.

A continuación veremos fragmentos del Artículo Nº 86 de la Constitución, donde interpretamos el marco legal de nuestras solicitudes, al respecto cito: “Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de (…) vivienda, (…).

Continúamos con el artículo 86 cito: (…). La ausencia de capacidad contributiva no será motivo para excluir a las personas de su protección. (…)

Comentario: el Estado es responsable y el hecho de que los ciudadanos no hayan tenido ni tengan capacidad contributiva no menoscaba el derecho a ser protegido. Quiere decir que los no contribuyentes de los pagos de la antigua Ley de Política Habitacional hoy Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda (FAOV), también deben ser protegidos.

Quiere decir que el Estado está en la obligatoriedad de buscar las soluciones, ser el intermediario en nuestro problema de vivienda inquilinario, causado por los propietarios y administradores, quienes amparados por la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios (2000) vigente, presionan bajo resoluciones de contratos y demandas de desalojos, a las familias inquilinas establecidas y consolidadas durante décadas, a que abandonen los apartamentos que ocupan sin que el Estado dé alternativas para mudarse.

Los propietarios creían que iba a ser muy fácil, en el año 1999, concretamente el domingo 19 de septiembre, el diario El Universal publicó, en su cuerpo de Economía, que 350 mil viviendas no eran arrendadas por “el temor a perder la propiedad”, Matriz mediática que crearon para presionar fuese aprobada la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, Capitalista y Neoliberal, extracto puro para convertir la vivienda de arrendamiento como factor de la Oferta y la Demanda: la “Cosa”.

Han transcurrido nueve años y todavía siguen con el mismo “cuentico”.

Vamos a estar claro, las 350 mil viviendas que los inversionistas inmobiliarios le ofrecen al Gobierno son las viviendas que estamos ocupando con nuestras familias. Ellos, en los últimos veinte años no han invertido en construcción de viviendas nuevas para el arrendamiento, a pesar de que en gobiernos anteriores se les otorgó facilidades y subsidios para que invirtieran en ese rubro.

¿Facilidades? Sí, están exentas de regulación las viviendas construidas desde 1987 a la fecha, en este segmento no funciona el Congelamiento de Alquileres y los propietarios no protestan por eso.

Viviendas viejas, en la actualidad, esos edificios de veinte (20) años, con problemas de tuberías, filtraciones es decir mantenimiento y conservación, pagan entre 2 mil y 5 mil bolívares fuertes.

Este es un tema que tiene mucha lana para tejer y se debe seguir profundizando. Busquemos soluciones y resultados desde el punto de vista Social. ¡En Paz!